El BOE del pasado 10 de abril validó el Real Decreto 8/2019 de 8 de marzo que modifica el Estatuto de los Trabajadores y establece que las empresas hagan un registro diario del horario de sus trabajadores que debe incluir el inicio y finalización de la jornada.
Así pues, a partir del 12 de mayo de 2019 las empresas deben tener implantado el registro horario de todos los trabajadores, exigencia que hasta hace pocos meses sólo se pedía para jornadas a tiempo parcial y, o bien cuando se realizaban horas extraordinarias.
El incumplimiento prevé fuertes sanciones de hasta 6.250 €.
Como se debe hacer el registro?
El Rd no da instrucciones en cuanto a la manera de llevar el registro por lo tanto habrá que ir viendo qué requisitos pedirá la inspección de trabajo. En concreto, el nuevo artículo dice:
«La empresa debe garantizar el registro diario de jornada, que debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada trabajador, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo .
Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, si no, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentar este registro de jornada.
La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y se encuentran a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. »
El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha publicado una Guía informativa a fin de facilitar la aplicación práctica de la norma. En la Guía se recogen criterios, a mero título informativo, en relación con este deber formal empresarial, sin perjuicio de la interpretación de la norma que corresponde a los Juzgados y Tribunales del orden social.
En cualquier caso se debe tener en cuenta las diferentes tipologías de trabajos para tratar de encontrar la manera de fichar más adecuada a cada caso. En este sentido les informamos que el gremio tiene suscrito un acuerdo para la contratación de una app que permite el control horario desde el ordenador y desde smartphone, o tablet, de forma muy sencilla. También està disponible otro producto que permite llevar un registro del tiempo que se invierte en cada cliente e información suplementaria. Descuentos especiales para las empresas agremiadas. Más información en la secretaría gremial.
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